Aprendiendo las Reglas de Juego: «Artículo 4.6 - Cumplimiento de Suspensiones Temporales»

Capítulo especial para el punto nº6,7 y 8 del Artículo nº4 donde queda definida la actuación correspondiente cuando se producen infracciones en el cumplimiento de la sanciones de PowerPlay.

Por Octavi Font

En este artículo se especifica que cualquier jugador o portero sancionado debe cumplir el tiempo de sanción en una silla habilitada para tal caso, al lado de la Mesa Oficial de Juego. En caso de que esto no fuera así, porque un jugador sancionado abandona dicho espacio, se interrumpirá el juego y se mostrará tarjeta roja al jugador o portero que no estuviera ocupando dicho lugar.

Si además, ese jugador o portero, entrara indebidamente en la pista, antes de cumplir íntegramente su sanción, se deberá mostrar tarjeta roja al Entrenador y al Jugador por dicha infracción.

En caso de que esta entrada ilegal en pista se produciese por error del Árbitro Auxiliar, se deberá revisar el Artículo 3, donde nos indica que deberemos para el partido, solucionar la situación y retrasar el cronómetro todo el tiempo que se haya jugado con más jugadores de los correspondientes, sin que ningún jugador ni entrenador recibiera ninguna amonestación.

Artículo 4.6 - Cumplimiento de Suspensiones Temporales - Sanción de Eventuales Infracciones

4.6.1 Los Jugadores y Porteros suspendidos temporalmente del partido tendrán que quedarse en las sillas que están colocadas junto a la Mesa Oficial de Juego, no siendo permitido, en caso alguno, que permanezcan en el banquillo de suplentes de su equipo.

4.6.2 Si ocurriera una violación de lo dispuesto en lo punto 6.1 de este Artículo, el Árbitro Auxiliar tendrá que aprovechar una interrupción natural del partido para informar a los Árbitros Principales de la irregularidad, procediendo estos de inmediato a su expulsión definitiva, exhibiéndole una tarjeta roja.

4.6.3. Si – además de violar lo dispuesto en lo punto 6.1 de este Artículo – el Jugador o Portero expulsado temporalmente entrara indebidamente en la pista – substituyendo a un compañero de su equipo antes de haber cumplido la totalidad del tiempo de suspensión – el Árbitro Auxiliar debe accionar de inmediato una señal sonora para que los Árbitros Principales sean avisados de la infracción – e interrumpir de inmediato el partido, si es el caso – aplicando a continuación los siguientes procedimientos:

4.6.3.1 Exhibición de dos tarjetas rojas, expulsando definitivamente del partido el Jugador o Portero infractor y al Entrenador Principal de su equipo o – en su falta y por orden de preferencia –al Entrenador Adjunto, o al Delegado del Equipo o al Capitán en pista.

4.6.3.2 El equipo infractor tendrá que jugar en «power-play», según lo dispuesto en el Artículo 10 de estas Reglas.

4.6.3.3 El reinicio del partido será efectuado de la forma siguiente:

a) Si el partido fue interrumpido por los Árbitros Principales a causa de la infracción en cuestión, será ejecutado un libre directo contra el equipo de los infractores

b) Si el partido había sido ya interrumpido antes de ocurrir la infracción en cuestión, el reinicio del partido será efectuado en función de la acción que la haya originado.

4.6.4 Si ocurriera la entrada indebida en la pista de un Jugador de un equipo sancionado con «power–play» – antes de recibir la autorización del Árbitro Auxiliar para eso – este tendrá que accionar de inmediato una señal sonora para que los Árbitros Principales sean avisados de la infracción – e interrumpir de inmediato el partido, si es el caso – aplicando después los mismos procedimientos que están establecidos en los puntos 6.3.1, 6.3.2 e 6.3.3 de este Artículo.

4.6.5 Cuando le rentrada indebida en pista por parte de un Jugador o Portero haya ocurrido por un error o engaño del Árbitro Auxiliar – y que este lo haya reconocido junto de los Árbitros Principales– estos tendrán que aplicar los procedimientos previstos en el punto 3 del Artículo 3 de estas Reglas.

4.7. En el Acta del Partido sólo se deberá anotar la acción disciplinaria ejercida por los Árbitros en lo que respecta a la exhibición de la tarjeta azul y de la tarjeta roja.

4.8. En relación a cada tarjeta roja exhibida directamente, los Árbitros Principales tendrán de elaborar un Informe Confidencial, en el que se detallarán, con claridad y rigor, las situaciones y circunstancias que llevaron a la expulsión del partido de los infractores.

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